Retiro CTS 2024 en Perú: cuándo se paga y todo lo que se sabe sobre la liberación de fondos al 100%



Muchos peruanos aguardan con expectativa el pago de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), una bonificación que se deposita dos veces al año y que sirve para proteger a los trabajadores registrados en planilla frente a futuras contingencias como despidos o renuncias. Aunque restan menos de dos meses para que se haga efectivo el abono de este beneficio, miles de empleados buscan conocer todos sus alcances para planificar sus finanzas.

Si bien la Ley n.° 31480 autorizaba a los trabajadores a disponer del libre retiro del 100% de la CTS hasta el 31 de diciembre del 2023, dicho plazo ya venció y, desde este año, volvió la intangibilidad de esta bonificación hasta el equivalente de cuatro remuneraciones del trabajador. Sin embargo, existen algunas iniciativas legislativas en el Congreso que pretenden ampliarlo nuevamente hasta el 2025, pero ninguna de ellas ha llegado a debatirse en el Pleno del Congreso.

PUEDES VER: Congreso: Somos Perú presenta proyecto para un nuevo retiro de la CTS

¿Cuándo depositan la CTS 2024?

Los trabajadores que se encuentren sujetos al régimen laboral de la actividad privada y que cumplan, en promedio, con una jornada mínima de cuatro horas diarias, recibirán el próximo depósito de la CTS. Según la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), los empleadores tienen plazo hasta el 15 de mayo de este año para efectuar el depósito de este derecho laboral que equivale a una remuneración anual y que se abona en dos partes. A continuación, conoce el periodo semestral respectivo:

  • Del 1 de noviembre al 30 de abril: depósito de mayo.
  • Del 1 de mayo al 31 de octubre: depósito de noviembre.

CTS: ¿cómo calcular el monto que me corresponde?

De acuerdo con Pamela Duffy, socia del área laboral de Dentons Perú, el monto de la Compensación por Tiempo de Servicios varía según el tipo y tamaño de la empresa.

Mediana y gran empresa

La especialista indica que, si un trabajador laboró todo el periodo semestral completo, la CTS se calcula considerando el 50% del sueldo bruto, más un sexto de la gratificación recibida en diciembre del 2023. En caso de que no se haya realizado sus labores en dicho periodo, por cada mes trabajado, percibirá un sexto del sueldo multiplicado por los 30 días de empleo, más un sexto de su gratificación.

A continuación, revisa el siguiente ejemplo si el trabajador tiene 4 meses de servicio y percibe un sueldo de S/1.500:

  • 1/6 de sueldo: S/250
  • Por los 4 meses trabajados: S/1.000
  • 1/6 de gratificación: S/250
  • 1/6 se multiplica por 4 meses de sueldo, más 1/6 de gratificación: S/1.000 + S/250 = S/1.250.

Además, si deseas saber cuánto te corresponde cobrar en mayo, puedes utilizar la calculadora de La República. No olvides que debes registrar diversos datos como fecha de ingreso a tu trabajo, sueldo bruto y si percibes la asignación familiar.

Pequeña empresa

De acuerdo con la Cámara de Comercio de Lima, existen tres casos relacionados con el pago de la CTS en las pequeñas empresas:

  • Si la pequeña empresa no está registrada en el Remype, todos sus trabajadores antiguos y nuevos tendrán derecho a la CTS conforme a la regla general que rige para la mediana y gran empresa.
  • Si la pequeña empresa está inscrita en el Remype, los trabajadores contratados hasta antes de su registro podrán recibir el pago de la CTS.
  • Si el trabajador ha sido contratado luego de que la empresa se registró en el Remype, su CTS será el 50% de lo que se obtiene en el régimen general.

Microempresas

  • Si la microempresa no está registrada en el Remype, todos sus trabajadores tendrán derecho a recibir la CTS bajo la regla general.
  • Si la microempresa se inscribió en el Remype, los trabajadores contratados antes de su registro pueden percibir el pago de la CTS bajo la regla general.
  • Si los trabajadores fueron contratados después de que la microempresa fue registrada en el Remype, estos colaboradores no tienen derecho a la CTS.

PUEDES VER: ¿CTS hasta el 2025? Todo lo que debes saber sobre un posible retiro del 100%

¿Existe libre disponibilidad para retirar la CTS?

El 31 de diciembre del 2023 fue el último día en que los peruanos tuvieron la posibilidad de disponer libremente del 100% de su CTS, gracias a lo estipulado por la Ley n.º 31480, que se publicó el 25 de mayo del 2022, durante la pandemia de la COVID-19.

Sin embargo, diversos congresistas han presentado 10 proyectos de ley para ampliar el plazo de retiro de la CTS, que implica que los trabajadores formales puedan acceder al 100% de este monto acumulado en sus cuentas. Tres de estas iniciativas ya están incluidas en un dictamen de la Comisión de Trabajo y Seguridad Social que fue aprobado por mayoría el martes 7 de noviembre del año pasado.

Al respecto, esta propuesta legislativa busca extender la vigencia para liberar este beneficio económico hasta el 31 de diciembre del 2024. Pero, el Ministerio de Trabajo y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) se han mostrado en contra del dictamen debido a que se estaría desnaturalizando el objetivo de este beneficio laboral; ya que es un mecanismo de previsión ante cualquier situación de contingencia producto de despidos o cese.

Finalmente, desde octubre de 2023, se presentaron tres nuevos proyectos de ley para respaldar esta solicitud, tres para acceder hasta finales de 2025 (siendo el último presentado), y uno para poder retirarlo hasta el 31 de diciembre de 2026.

CTS 2024: ¿a cuánto asciende la multa por no realizar el depósito?

Según Pamela Duffy de Dentons Perú, no cumplir con el depósito de la CTS en el plazo de ley constituye una infracción administrativa grave en materia sociolaboral. En ese sentido, refiere que el Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo establece que las empresas pueden recibir multas, las cuales son diferenciadas teniendo en cuenta el tamaño de la organización.

“Van desde S/566,5 hasta S/ 134.518. La Sunafil es la encargada de aplicar estas sanciones si llegase a determinar la existencia de infracciones por la falta de depósito de la CTS”, sentenció.



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