Geiner Alvarado: Poder Judicial ordena prisión preventiva contra exministro de Pedro Castilllo



La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema del Poder Judicial dispuso la medida de prisión preventiva en contra del el exministro de vivienda Geiner Alvarado, quien está inmiscuido en las investigaciones contra Pedro Castillo por presuntamente haber pertenecido a una organización criminal. Sobre Alvarado ya existía una medida cautelar de comparecencia con reglas de conducta que ahora será cambiada por esta prisión preventiva dictada por la sala presidida por el juez César San Martín.

En la misma resolución se ratificó la medida de prisión preventiva por 36 meses en contra del expresidente Pedro Castillo por el mismo delito de organización criminal en el que está inmiscuido Alvarado por los casos Provías Descentralizado, Ministerio de Vivienda y Petroperú.

Geiner Alvarado es acusado por la Fiscalía de la Nación de haber cometido diferentes irregularidades durante su gestión a cargo del Ministerio de Vivienda durante el Gobierno de Castillo Terrones, pero hasta antes de esta decisión, había enfrentado las medidas cautelares más leves, como lo es la comparecencia con restricciones.

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Luego de que el Ministerio Público apelara durante la última audiencia llevada a cabo el pasado 29 de marzo; la sala a cargo del magistrado César San Martín optó por la modificación de esta disposición y finalmente impuso la prisión preventiva.

¿Por qué no se había dictaminado la prisión preventiva contra Geiner Alvarado antes?

Como se sabe, Alvarado enfrentaba una comparecencia con reglas de conducta por los presuntos delitos de los que era acusado por la Fiscalía de la Nación. Esta medida comprendía no ausentarse de Lima y Callao sin previa autorización del Poder Judicial, así como dar un informe de sus actividades el último día de cada mes, y mantenerse alejado de los otros investigados, ni comunicarse con ellos. La medida también comprendía una caución económica de 35.000 soles.

La decisión de esta comparecencia fue sustentada por el juez Juan Carlos Checkley como una medida acorde pues, según la sala Alvarado “no cumplía el requisito de peligro procesal”, al considerar la actitud de Alvarado como “aceptable”.

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“No existe un riesgo razonable de que el investigado pueda influir sobre testigos o utilizar a terceros para inducirlos en su comportamiento y participación en la siguiente etapa del proceso. No se desprende de lo argumentado por la Fiscalía en audiencia que haya obstaculizado la investigación a la fecha”, aseveró el magistrado en aquella oportunidad.

Esta decisión fue apelada por el Ministerio Público, dando como resultado el fallo anunciado este viernes que comprende una prisión preventiva.



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