TC suspende medida cautelar del PJ que reincorporaba a Inés Tello y Aldo Vásquez en la JNJ



El Tribunal Constitucional (TC) ratificó la sanción impuesta por el Congreso contra los vocales Inés Tello y Aldo Vásquez de la Junta Nacional de Justicia (JNJ). El TC señaló en la demanda competencial que no le corresponde al Poder Judicial, específicamente a la sala constitucional de segunda instancia, corregir las acciones del Poder Legislativo en temas inherentes a su función.

De esta manera, el TC ha tomado tres decisiones fundamentales. La primera es declarar infundada la demanda competencial de Patricia Benavides en contra de la JNJ, pero al mismo tiempo ratificaron -con 5 votos a favor y 2 en contra- la inhabilitación de Inés Tello y Aldo Vásquez de dicha institución hasta que se resuelva la apelación. La tercera decisión responde a declarar improcedente el pedido del procurador público del Congreso

“Declarar, por mayoría de 4 votos contra 2, improcedente el pedido presentado por el procurador público (e) del Congreso de la República, en el extremo que solicita que se disponga la inmediata nulidad de la Resolución 1, de fecha 22 de marzo de 2024, emitida por la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima, en el incidente cautelar del proceso de amparo signado con el Expediente 01034-2024-69-1801-SP-DC-01, que dispuso suspender las resoluciones legislativas que inhabilitaron por 10 años a doña Luz Inés Tello de Ñecco y de don Aldo Alejandro Vásquez Ríos”, se lee en el documento emitido por el MTC.

“Respetamos la competencia del Poder Judicial a la espera de que el órgano supremo del PJ se pronuncie sobre esa medida cautelar”, dijo César Ochoa, miembro del Tribunal Constitucional, en RPP.

JNJ se pronuncia sobre decisión del Tribunal Constitucional

La Junta Nacional de Justicia se ha mostrado sorprendida tras la reciente decisión del Tribunal Constitucional respecto a la demanda competencial de la suspendida fiscal de la Nación Patricia Benavides en contra de dicha entidad y la inhabilitación de Aldo Vásquez e Inés Tello.

“Se sabía que había un proyecto de resolución que tal vez podía detenerse con todo lo que se ha sabido sobre el presidente del TC Francisco Morales. En la práctica, solo no votaría Aldo Vásquez el informe de Tello porque con María Zavala, Thornberry, Falconí, De la Haza y Tumialán”, indicaron a fuentes de La República.

Omar Cairo: ¿qué dijo el abogado de Inés Tello sobre decisión del TC?

Omar Cairo, abogado de Inés Tello, dialogó con La República y comentó acerca de la situación de su defendida y las posibles acciones del Tribunal Constitucional ante la solicitud de la Procuraduría del Congreso de anular el recurso que repone a Inés Tello y Aldo Vásquez.

“Esa solicitud es improcedente, porque el TC no puede intervenir en procesos de amparo en trámite ante el Poder Judicial. En los amparos, el TC solo tiene competencia para revisar las sentencias de segunda instancia. Según el artículo 139, inciso 2 de la Constitución, nadie (ni siquiera el TC) puede avocarse a causas pendientes ante el Poder Judicial. Además, una sentencia competencial del TC (como la que expidió en el caso de la elección del defensor del Pueblo) no puede extender sus efectos a actos diferentes de los que fueron objeto de la demanda competencial que dieron lugar a dicha sentencia.



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