Rosa María Palacios analiza la cuestión de confianza a nivel jurídico y explica en qué consiste la medida constitucional, en el marco de la petición de su ejecución por parte de Aníbal Torres.
Para analizar la viabilidad de esta medida, Rosa María leyó la ley N° 31355, en la cual se expresa que “derogar una ley es parte de la Política General de Gobierno”, a excepción de “las relativas a la aprobación o no de reformas constitucionales ni las que afecten los procedimientos y las competencias exclusivas y excluyentes del Congreso de la República o de otros organismos constitucionalmente autónomos”.
“¿Quién deroga normas con rango de ley? Solo el Congreso. Es una competencia exclusiva y excluyente del Congreso de la República. ¿Puede hacer el señor ministro cuestión de confianza sobre la derogatoria de una ley vigente? No puede, aunque esta sea la misma ley que le quita la facultad porque está vigente y validada por el Tribunal Constitucional”, aseveró.
Sobre el oficio de Torres
Por otro lado, Palacios cuestionó el oficio enviado por Aníbal Torres a José Williams.
“El oficio del señor primer ministro tiene varios errores: exige que se exonere el trámite de comisiones y hace cuestión de confianza de eso. Ya, no puede, pues, porque esa es una competencia exclusiva y excluyente del Congreso”, sentenció.