El Tribunal Constitucional dispuso convocar una nueva audiencia en el proceso competencial que inició el Congreso contra el Poder Judicial por la reposición de los consejeros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), Aldo Vásquez e Inés Tello. Con esta decisión se dilata la votación de la demanda, cuyo sentido final (demanda fundada o improcedente) podría variar si el Pleno del Parlamento aprueba reducir los votos necesarios para declarar fundada una demanda competencial.
Los magistrados “reviven” de oficio una solicitud de reprogramación que presentó Aldo Vásquez para que la audiencia del 10 de julio de 2024 en Arequipa se lleve a cabo en una nueva fecha. Ese pedido fue declarado improcedente por mayoría el mismo día antes de la audiencia, que se efectuó con la participación de Aníbal Quiroga, abogado ad honorem del Congreso, y el abogado Jhony Tupayachi Sotomayor, procurador público adjunto del Poder Judicial.
Casi 3 meses después, el TC retrocede y “autoriza” una nueva audiencia en Lima “con el propósito de que las partes (Congreso y PJ) y don Aldo Alejandro Vásquez Ríos informen oralmente en la presente causa”. En los hechos, es la reprogramación de audiencia que se le negó a Aldo Vásquez.
Los magistrados se amparan en que Vásquez fue admitido como “tercero con interés en el resultado del proceso”. Sin embargo, también invocaron dicha condición para negar la reprogramación en julio.
La nueva audiencia será el viernes 11 de octubre y se desarrollará de forma virtual. Luego, se deberá designar al magistrado ponente para que elabore el proyecto de sentencia. Según pudo conocer La República el primer ponente fue el magistrado Pedro Hernández.
Posiciones
Si bien los 7 magistrados acordaron “autorizar” una nueva audiencia, algunos aprovecharon sus votos para marcar posición.
Por ejemplo, el magistrado Helder Domínguez dijo que debido “al tiempo transcurrido y a la relevancia de la controversia a resolver, corresponde que el acto de la audiencia pública se realice en la fecha más inmediatamente posible con la finalidad de no dilatar innecesariamente el proceso”.
En contraposición, el magistrado Francisco Morales, investigado por el caso Patricia Benavides, afirma que la nueva audiencia “no constituye en modo alguno un retardo injustificado en la tramitación del proceso”. Ello porque, sostiene, procesos de inconstitucionalidad o de competencia se han resuelto hasta en los 13 meses posteriores a la audiencia debido a la complejidad del caso y a la recargada agenda del TC. “Considero que no existen razones válidas para afirmar que en este caso haya un retardo injustificado”, reafirmó.
Por su lado, el magistrado Gustavo Gutiérrez Ticse alega que el TC no estaba obligado a convocar a una nueva audiencia para escuchar a Aldo Vásquez, sino que se trató de una “facultad discrecional” del máximo intérprete de la Constitución. También hace un llamado a los otros magistrados para mantener la reserva de las decisiones que adoptan en pleno, sobre todo en casos “donde la tensión de los poderes públicos es alta”. “Exponer acuerdos internos, pedidos o la administración de las causas, entre otros, incide en la buena marcha de la institución y la fraternidad que debe imperar en el colegiado”.
Finalmente, el magistrado Manuel Monteagudo recalca que el TC se rectifica de su decisión más de dos meses después que se realizó la audiencia. “Que impide la resolución oportuna y definitiva de la presente causa, donde no solo el ejercicio de las competencias de dos órganos estatales se encuentra comprometido, sino también los derechos fundamentales del peticionante (Aldo Vásquez) y de otra persona natural, doña Luz Inés Tello de Ñecco”.
Tiempo vencido
El plazo para resolver la demanda competencial venció el 26 de agosto. Se requieren 5 votos para declarar fundada la demanda. Trascendió que en el pleno del TC solo 4 magistrados estarían a favor de respaldar las pretensiones del Parlamento. Sin embargo, la Comisión de Constitución del Congreso aprobó un dictamen para que, entre otros, las demandas competenciales sean declaradas fundadas únicamente con 4 votos.