Judiciales
No obstante, Keiko Fujimori y los demás investigados continuarán el juicio oral por los delitos de lavado de activos y organización criminal
El Poder Judicial ordenó excluir a la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, y otros involucrados del delito de obstrucción a la justicia en el marco del juicio oral por el denominado caso ‘Cócteles’.
La decisión del colegiado del Tercer Juzgado Penal Colegiado de la Corte Superior Nacional llega luego de que el Tribunal Constitucional declarara fundada una demanda de amparo interpuesta por el abogado Arsenio Oré Guardia para ser excluido por el delito de obstrucción a la justicia.
El colegiado, integrado por los magistrados Juana Caballero García, Nayko Coronado Salazar y Max Vengoa Valdiglesias, dispuso “dejar sin efecto el auto que cita a juicio oral y actos procesales de este juicio hasta la fecha a favor de Keiko Fujimori y otros”.
No obstante, el juicio oral continuará en el extremo respecto de los presuntos delitos de organización criminal , lavado de activos y otros en agravio del Estado.
Otros involucrados excluidos del delito de obstrucción a la justicia
La decisión del colegiado alcanzó también a los procesados Vicente Silva Checa, Pierre Figari, Ana Herz, Jaime Yoshiyama, José Klimper, Adriana Tarazona, y Ítalo Pachas, y el partido político Fuerza Popular.
Asimismo, se ordenó la exclusión de Giulliana Loza, abogada de la excandidata presidencial, así como también del abogado Arsenio Oré, y de un grupo de letrados del juicio oral que afrontaban por presunta obstrucción a la justicia.
“En cumplimiento a lo dispuesto por el Tribunal Constitucional, este órgano judicial resuelve dejar sin efecto el auto que cita a juiciar y los actos procesales de este juicio hasta la fecha a favor de Keiko Sofía Fujimori Higuchi, Pier Paolo Figari Mendoza, Jaime Yoshiyama Tanaka , José Chlimper Ackerman. Y se excluye del presente juiciar oral al partido Fuerza Popular”, señaló la magistrada Juana Caballero.