¿Cómo cobrar el bono de S/500 hoy? Revisa los requisitos, beneficiarios y más sobre el subsidio



El Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias (BAE) es un mecanismo de ayuda temporal que brinda el Ministerio de Vivienda (MVCS) a las personas afectadas por fenómenos de origen natural o inducidos por la acción humana, cuyas casas colapsaron, se volvieron inhabitables y se encuentran en una zona declarada en estado de emergencia por Decreto Supremo.

El objetivo central del BAE es brindarles los recursos necesarios a los damnificados para arrendar un alojamiento adecuado, que incluya los servicios básicos esenciales, por un lapso de hasta dos años. Recientemente, el Ministerio de Vivienda publicó una resolución que aprueba la vigésima convocatoria para otorgar 16 bonos a las familias de las provincias de Castilla, Caylloma, Condesuyos y La Unión, en Arequipa.

Bono de S/500: revisa los requisitos AQUÍ

Para ser elegible para el Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias, solo se requieren dos condiciones. En primer lugar, las familias afectadas deben confirmar que su vivienda anterior ha sido declarada como inhabitable o completamente destruida. Luego, deben asegurarse de que el nuevo espacio que desean alquilar se encuentre en una zona segura y alejada de los riesgos anteriores.

Una vez que el Ministerio de Vivienda verifica la información a través de un proceso directo, se emite una resolución ministerial que determina la cantidad de beneficiarios que recibirán apoyo, las áreas que cubrirá la ayuda y los plazos establecidos para la entrega del bono. Recuerda que el BAE facilita un nuevo alojamiento con servicios básicos por hasta dos años, siempre y cuando se presenten estos documentos en el plazo máximo de 10 días hábiles:

  • La solicitud para recibir el Bono de Arrendamiento para Emergencias (BAE).
  • Declaración jurada de no contar con una vivienda distinta a la colapsada o inhabitable.
  • Contrato de arrendamiento de la vivienda, suscrito con el arrendador de la misma, con firmas legalizadas ante el juez de paz o notario público.
  • De ser el caso, la declaración jurada de los suscribientes del citado contrato declarando el impedimento económico para la legalización de firmas.

¿Quiénes son beneficiarios del subsidio de S/500?

Los beneficiarios del bono de S/500 son principalmente las familias que han sido directamente afectadas por desastres socionaturales, como las fuertes lluvias ocasionadas por el fenómeno El Niño. Este respaldo económico se brinda a aquellos que han perdido su hogar o cuya vivienda ha sido declarada inhabitable.

La relación de potenciales beneficiarios se publica en las páginas web del Ministerio de Vivienda y del Fondo Mivivienda, así como en las sedes de las municipalidades. En el caso de la reciente convocatoria en Arequipa, la lista se puede encontrar en los locales de las comunas de los distritos de Ayo, Pampacolca, Ichupampa, Salamanca, Alca y Puyca.

Bono 500 en Perú: ¿cómo cobrarlo?

El inicio del proceso de registro para el Bono de S/300 implica la identificación de los potenciales beneficiarios a cargo de las autoridades locales. Es responsabilidad de ellos elaborar registros de las personas afectadas. Posteriormente, estos listados se incorporan en el Sistema de Información Nacional para la Respuesta y Rehabilitación (Sinpad) del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci).

Una vez finalizado el proceso de registro, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) procede a verificar la información suministrada. En seguida, dicho ministerio emite una resolución que convoca a los beneficiarios y detalla los plazos y lugares donde se entregará el bono. Entonces, se dispondrá de un plazo de diez días para buscar una nueva vivienda en una zona segura y alquilarla con el subsidio.

La resolución Ministerial N° 239-2024-Vivienda, publicada en el diario oficial El Peruano, establece que las municipalidad de Ayo, Pampacolca, Ichupampa, Salamanca, Alca y Puyca de Arequipa, deben remitir al MVCS, mediante la mesa de partes física o virtual de este último, los documentos remitidos por los potenciales beneficiarios, hasta el plazo máximo de dos días hábiles, contados a partir del último día del vencimiento del plazo.

Vale mencionar que el cómputo del plazo para la entrega del BAE comienza en la fecha en que cada beneficiario realiza su primer cobro en el Banco de la Nación.



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