Esta mañana el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó las modificaciones al Reglamento Operativo del programa crediticio Reactiva Perú, con el fin de brindar las condiciones para que se permita reprogramar estos créditos con un periodo adicional de hasta 36 meses.
Así, se autoriza a las entidades del sistema financiero a establecer por única vez, en el marco de reprogramación de los créditos de Reactiva Perú establecidos en el decreto de urgencia Nº 011-2022, un nuevo periodo de gracia de hasta 24 meses para las empresas deudoras, tiempo adicional al periodo de gracia original.
Mientras que, para el caso de las empresas del sector turismo, se les dará adicionalmente otros 12 meses más. Es decir, podrán acceder a un periodo de gracia de hasta 36 meses.
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Requisitos para reprogramar
Al haberse publicado hoy el reglamento, la norma entra en vigencia desde mañana. Podrán acogerse a la reprogramación de créditos de Reactiva Perú las empresas que cuenten con una garantía vigente y que sean presentadas por las entidades financieras, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Contar con préstamos de hasta S/ 90.000 en total, en el marco de Reactiva Perú.
b) Para el caso de préstamos desde S/ 90.001 hasta S/ 10 millones en total se debe demostrar una caída en el nivel de ventas mayor o igual al 30% en el año 2021 respecto del año 2019.
La norma precisa que es responsabilidad de las entidades financieras evaluar y aprobar las reprogramaciones que se realicen en el marco del decreto de urgencia Nº 011-2022, así como verificar que la empresa deudora que se acoja a la reprogramación de los créditos de Reactiva Perú cumpla con los requisitos mencionados.
Los mecanismos o medios de verificación de las caídas en los niveles de ventas precedentes son realizados por la entidades financieras a través de los registros de la Sunat, debiendo guardar copia de estos registros en el expediente de la empresa deudora.